El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado por unanimidad los recursos de súplica presentados por varias acusaciones y ha confirmado su decisión de no investigar al expresidente de la Generalitat Carlos Mazón por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024.
Según el auto notificado este lunes a las partes, la defensa de los recurrentes no ha logrado proporcionar razones suficientes para cuestionar la posición de garante del aforado y la existencia de indicios serios que justifiquen la competencia del tribunal valenciano.
El TSJCV ratifica así el auto dictado el pasado 16 de marzo, tras la exposición razonada elevada por la titular de la Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja. En dicho auto se declaraba la incompetencia del TSJCV para investigar al expresidente de la Generalitat y se archivaban las actuaciones.
Los magistrados también desestiman la solicitud de no aplicar la prerrogativa del aforamiento a Mazón, argumentando que no hubo abuso de derecho en su adquisición de la condición de diputado autonómico. Además, señalan que Mazón ya era diputado antes de la dana y continúa siéndolo en la actualidad, por lo que no se puede comparar su caso con el ‘caso Gallardo’ de Extremadura.
En cuanto al deber jurídico de actuación, el TSJCV afirma que Mazón no tenía una posición de garante en la gestión de la emergencia durante la dana, ya que la ley no le atribuía específicamente un deber de actuación. Asimismo, el tribunal no encuentra indicios sólidos de delito en la supuesta participación activa de Mazón en el envío de mensajes de alerta a la población.
En resumen, el TSJCV reafirma su decisión de no investigar a Carlos Mazón por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024, descartando aplicarle el aforamiento y argumentando que no se encontraron indicios suficientes de su responsabilidad en la tragedia que dejó 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia.
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