
El Tribunal de Instrucción 4 en Valencia emitió un auto en el que se está de acuerdo, en el caso de los subsidios de los generales valencianos para la promoción Valenciana en los medios de comunicación, ambas compañías y más producciones del primero) entre 2015 y 2018.
El magistrado considera, por las instrucciones llevadas a cabo, que los hechos podrían ser constituyentes para los delitos de estafa y la falsedad documental. La resolución excluye expresamente el delito de fraude en los subsidios, porque la supuesta cantidad percibida incorrectamente por las investigaciones y sus compañías, alrededor de 67,500 euros, no alcanza el valor de 120,000 euros que requirieron el tipo criminal en la fuerza en el momento de los hechos, según lo informado por el Tribunal Comunitario Valenciano.
Según el inicio del procedimiento abreviado, al que Europe Press tenía acceso, el magistrado enfatiza que «los comportamientos son relevantes en un doble aspecto, tanto cuantitativo, como se expresa en los eventos de esta resolución, así como en los instrumentos utilizados: Facturas falsas, empresas instrumentales, casas ficticias, actividades que claramente carecen de cualquier tipo de relación con el subsidio que se ha obtenido de hecho y han producido un mayor enriquecimiento a favor de las empresas administradas por Francisco Puig Ferrer y Juan Enrique Adell Bover».
La resolución judicial detalla las indicaciones que señalan el uso por la investigación de facturas falsas, las empresas instrumentales, las casas ficticias o las actividades que no están relacionadas con los subsidios.
La causa se centró en la ayuda otorgada por ambas instituciones autónomas a Comunicacions Dels Ports SA, Mut Mut Production SL y Master Channel. En el caso del general Valenciano, la ayuda se refería a la protección y difusión del valenciano, mientras que generalmente en Cataluña, el objetivo era proporcionar subsidios estructurales para la provisión de servicios en catalán o aranés.
El tribunal ahora ofrece al fiscal y a las acusaciones personales en el procedimiento solicitar la desestimación del caso o abrir el proceso oral presentando la acusación. El auto no es firme y puede ser impugnado en apelación.
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